viernes, 1 de julio de 2016

El fraude laboral en verano. Buenas prácticas para empresarios y trabajadores.

Ya ha llegado el verano y con él, la contratación en el sector de la hostelería se dispara. Muchos empresarios recurren a los llamados “extras” para cubrir los servicios puntuales como bodas, comuniones, etc. Muchas de estas personas (por no decir todas), trabajan sin contrato y se les paga en mano (en negro, porque no se declara) por los servicios prestados. 

En el artículo de hoy vamos a ver el fraude que supone esto y cómo hacerlo bien para no tener problemas en las inspecciones. Con el buen tiempo aumenta el fraude en el sector hostelería con los llamados “extras”, trabajadores sin contrato y que cobran en “B”. Pero también aumentan las inspecciones de trabajo, solo el año pasado, entre mayo y septiembre, fueron sancionados un 30% de los negocios hosteleros de la costa sur de España. Las inspecciones se intensifican en las zonas de mayor tirón turístico y los mayores incumplimientos se dan porque los trabajadores no tienen contrato o trabajan un 50% más de horas de las que estipula su jornada laboral por contrato. ¡No te la juegues! (si eres empresario) ¡Que no te timen! (si eres trabajador).

Además esta temporada se espera una subida de número de turistas que visiten nuestro país, por lo que las contrataciones y por ende el fraude así como las inspecciones a su vez, se verán multiplicadas.

¿Qué significa que siendo trabajador te pague el empresario en B? Pues que no te retiene IRPF, ni paga los seguros sociales correspondientes a tu contrato, lo que te perjudica en el sentido de que tus días cotizados no se verán incrementados, y ello en el futuro para pedir cualquier tipo de prestación te afectará en negativo, así como que no constará en tu informe de vida laboral que emite el INSS.

¿Qué significa que siendo empresario pague en B? Quiere decir que literalmente "te la estás jugando" a que tanto inspectores laborales como inspectores de Hacienda "te metan mano", al no cumplir con las obligaciones laborales y tributarias que se le exigen a un empleador en el momento de tener a un empleado. 


Sin embargo, hay veces en las que el fraude es cometido por el desconocimiento del empresario. Normalmente es otro amigo empresario el que “aconseja” que dieras de alta a tu trabajador a media jornada y que trabaje lo que sea dependiendo de la carga de trabajo del día. Y esto, aplicado a los chiringuitos y restaurantes de la costa pueden llegar a ser hasta 14 horas al día.



Para hacerlo bien, se deben seguir los siguientes pasos:

1) Contratar al trabajador según el convenio de hostelería que tenga vigencia para tal zona. De vital importancia, ya que hay empresarios "listillos" que aplican lo que quieren, o incluso el convenio de otro lugar, o de otro año que le fuera más beneficioso para sus intereses.

2) Contratar al trabajador según la jornada laboral que se necesite: media jornada o jornada completa, y que el trabajador cumpla con su jornada. Te recomiendo, que hagas esto no solo de cara a una posible inspección, sino por el propio bien de tu empresa. En caso de denuncia por parte de un trabajador, tienes todas las de perder. Puedes consultar vía jurisdependencia@outlook.es, a lo que te arriesgas en el caso de vulnerar el contrato.


3) Debes tener contratada por un lado la Prevención de Riesgos Laborales  en el caso que fuera imperativo el tenerla, ya que depende de si el empresario tiene más de 10 empleados contratos o no, y por otro la vigilancia de la salud de tus trabajadores. 

Lo primero en el caso de necesitarlo, lo puedes contratar con tu mutua, la primera vez vendrá un técnico para analizar tus instalaciones y te dará algunas recomendaciones. Si como dije anteriormente, la empresa es de menos de 10 trabajadores existe la posibilidad de elaborar un Plan de Prevención de Riesgos Laborales de forma gratuita vía el portal Prevención 10 creado por el Ministerio de Trabajo. 

La vigilancia de la salud, consiste en que cada año tus trabajadores deben hacerse reconocimientos médicos preventivos. Ésto suele ser un paso que se salta la mayoría de los empleadores, pero que es algo esencial para evitar sustos futuros.


4) Exigir a tus trabajadores el carnet de manipulador de alimentos de alto riesgo. Es un carnet que debe tener desde el cocinero de tu establecimiento hasta el camarero que sirve la comida. Lo debe guardar el empresario y en caso de una inspección si algún trabajador no lo tuviera, la sanción recae sobre la empresa, no sobre el trabajador.

Un ejemplo de fraude laboral en España, y de las consecuencias tanto para trabajador como para empresarios, puede observarse en el siguiente link, sobre el fraude laboral detectado en el verano pasado (2015) en Málaga. http://www.laopiniondemalaga.es/malaga/2015/10/25/trabajo-pone-540-multas-empresas/804191.html



Si te ves reflejado en el post, bien porque eres trabajador estacional o porque eres empresario, principalmente dedicado a la hostelería, así como a otros servicios relacionados con "vacaciones" y ocio, contacta vía Jurisdependencia a través de los medios abajo indicados.




Juan Manuel Espinosa Quintana 
Abogado y Asesor fiscal, laboral y contable

Jurisdependencia Asesoría
http://jurisdependencia.blogspot.com.es/    Tlf: 652439150   jurisdependencia@outlook.es

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