miércoles, 18 de mayo de 2016

Medidas para facilitar el crecimiento y la competitividad del mercado laboral.

La aprobación de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, dio a conocer una serie de medidas para la contratación en este caso de jóvenes que tuvieran problemas para encontrar empleo, así como facilitar la contratación sobre todo a emprendedores. El Sistema de Garantía Juvenil y el apoyo al emprendimiento se base en las siguientes 5 medidas de las que de tener dudas pueden o bien contactar con Jurisdependencia@outlook.es o entrar en el enlace de http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/informate.html y tratar de informaros por ustedes mismos. Por lo tanto comenzamos con las bonificaciones y tipos de contratos especiales derivados de la Ley 18/2014:


- Mínimo exento de 500 € de la base de cotización por la contratación indefinida durante 24 meses (Finalizado el período de 24 meses, y durante los 12 meses siguientes, las empresas de menos de diez trabajadores tendrán derecho a mantener el incentivo, si bien durante este último período estarán exentos de la aplicación del tipo de cotización los primeros 250 euros de la base de cotización.)  por lo que se reduce a su vez la cuota a pagar en concepto de cotización a la Seguridad Social por parte del empresario. La bonificación es compatible con la tarifa joven, siempre que la cuenta de cotización mensual de la empresa no resulte negativa. Por tanto, se puede generar un excedente en la cotización del nuevo trabajador que la empresa o el autónomo empleador podrán aplicar para reducir la cotización de otro empleado.


Características del contrato
• Por tiempo indefinido.

• Jornada completa o parcial: Si la contratación es a tiempo parcial, la cuantía se reducirá de forma proporcional al porcentaje de reducción de jornada de cada contrato.

Requisitos para la empresa

• Mantener el nivel de empleo indefinido y el nivel de
empleo total.

• Mantener el empleo del trabajador durante el periodo de
disfrute del incentivo.



- Bonificación de 300 € durante 6 meses en las cuotas empresariales a la Seguridad Social por la contratación indefinida de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Esta bonificación es compatibles con otros incentivos a la contratación, cuestión que es muy importante tener en cuenta. Pero eso si, siempre que la cuenta de cotización mensual de la empresa no resulte negativa. Por ello, puede generarse un excedente en la cotización del nuevo trabajador que la empresa o el autónomo empleador podrán aplicar para reducir la cotización de otro empleado.

Características del contrato
• Por tiempo indefinido.

• Jornada completa o parcial: Si la contratación es a tiempo parcial la jornada será como mínimo del 50% de la correspondiente a la de un trabajador a tiempo completo, aplicándose una bonificación de entre 150 y 225 euros.


Requisitos para los jóvenes

• Estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Requisitos para la empresa

• Mantener el nivel de empleo indefinido y el nivel de empleo total.

• Mantener el empleo del trabajador durante, al menos, 6 meses desde el inicio del contrato.




- Reducción de hasta el 100% en cuotas a la Seguridad Social por la contratación de jóvenes inscritos en el SNGJ por empresas de hasta 250 trabajadores, y del 75% para el resto.

Esta reducción se aplica al llamado contrato para la formación y el aprendizaje, que además de lo ya comentado cuenta con una bonificación de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser como mínimo del 25% el primer año y del 15% el segundo y tercer año.

Características del contrato

• La duración mínima será de 1 año y la máxima de 3 años, si bien mediante convenio colectivo podrá establecerse distintas duraciones del contrato.

• La retribución del trabajador será proporcional al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con el convenio.



Requisitos para los jóvenes

• Mayores de 16 años y menores de 30 años. (El contrato estipula que menores de 25 y sólo menores de 30 si la tasa de desempleo no baja de 15%, lo cuál ahora mismo es desgraciadamente imposible).

• Que carezcan de la cualificación profesional requerida para concertar un contrato de prácticas.


- Incentivo a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa. Reducción de hasta el 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes durante 12 meses por la contratación de jóvenes inscritos en la Garantía Juvenil para que puedan compatibilizar formación y empleo. Podrá ser prorrogado por otros 12 meses.

Tipo de formación

• Idiomas o TICs. (duración mínima de 90 horas en cómputo anual).

• Formación acreditable oficial o promovida por el SEPE y por el resto de servicios de empleo de las CCAA.



Requisitos para los jóvenes

• Deberán compatibilizar empleo y formación o justificar haberlo hecho 6 meses previos al contrato.

Características del contrato

• Indefinido o duración determinada.

• Jornada a tiempo parcial, no superior al 50% de la correspondiente a una trabajador a tiempo completo que se pueda comparar.



Requisitos para la empresa

• Mantener el nivel de empleo total.


- Contrato en prácticas, con incentivos de hasta el 100% en cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes para la contratación de jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.






Características del contrato
• No podrás ser inferior a 6 meses ni exceder de 2 años.

• Jornada completa o parcial.

• La retribución del trabajador será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60% o al 75% durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo.




Requisitos para los jóvenes

• Ser titulados universitarios, de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, o de certificados de profesionalidad.



Ya seas autónomo, PyMe o trabajador, contacta a través de los medios dispuestos en la firma de este post, para una asesoría más integral si lo deseas, acorde a tus necesidades. ¡Contacta!




Juan Manuel Espinosa Quintana -
Asesor legal, fiscal y contable

Jurisdependencia Asesoría
http://jurisdependencia.blogspot.com.es/    Tlf: 652439150   jurisdependencia@outlook.es

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